Cuando un ser querido fallece, además del dolor emocional, la soledad, la tristeza que causan las partidas de nuestro familiar, es necesario realizar una serie de trámites que, si bien son procesos tediosos, son necesarios.
Uno de estos papeleos importantes es saber si nuestrodifunto dejó algúna cuenta bancaria , AFORE, pensión o seguro de vida, al cual puedas reclamar, claro, si resultas ser beneficiario, es un derecho que todo mundo tiene.
Si estás pasando por una pérdidoa y deseas saber si tu ser querido dejó cunetas que reciclar, entonces, aquí en La Mejor te contamos.
¿Qué es un beneficiario y cómo se designa?
Primero que nada, debes saber lo que es ser un beneficiario y de acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), define al beneficiario como la persona ante la cual una entidad financiera se obliga a cumplir una prestación establecida en el contrato que celebró con su cliente.
Es decir, entregar a los beneficiarios los recursos depositados en la cuenta del cliente, de acuerdo a los porcentajes que él mismo haya establecido en el contrato. Se puede designar a cualquier persona física o moral, pero si se trata de una persona física que es menor de edad, deberá existir una persona que se haga cargo del manejo de los bienes del menor hasta que éste sea mayor de edad. La designación ocurre cuando el titular firma el contrato de apertura de cuenta con el banco.
¿Cómo saber si eres beneficiario de una cuenta de depósito?
La Condusef informó que a través del correo electrónico beneficiarios.bcd@condusef.gob.mx se puede tramitar una búsqueda para saber si una persona es beneficiaria de alguna cuenta de depósito.
Este servicio se utiliza principalmente a partir de la defunción de alguna persona. La respuesta se obtendrá en un lapso de al menos 60 días y para llevar a cabo esta solicitud, ten a la mano los siguientes requisitos:
Los siguientes documentos deberán enviarse al correo electrónico antes mencionado en versión PDF:
- 1. Formato “solicitud BCD” (disponible en la liga https://phpapps.condusef.gob.mx/condusefenlinea/formatosTramite/f_cecoban.pdf) llenado y firmado. De ser el caso, anotar el nombre y domicilio del representante o persona que promueve en su nombre.
- 2. Identificación oficial del solicitante.
- 3. Acta de defunción del fallecido.
- 4. Si el trámite se realiza a través de un apoderado, adjuntar el documento en que conste el poder o la representación.
¿Cuándo y cómo se puede retirar el dinero?
Primero se tiene que comprobar que el titular falleció con un acta de defunción. Entonces, como segundo paso, se pueden iniciar los trámites en el banco para la entrega de las cantidades correspondientes. Si hay más de un beneficiario, en el contrato celebrado con el banco, el titular de la cuenta establece los porcentajes que serán entregados a cada una de las personas que designó como beneficiarios.